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“La nueva ley de fomento de la aviación civil fortalecerá el turismo y abaratará los billetes de avión”

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Santo Domingo. El director general del Instituto Dominicano de Aviación Civil, Héctor Porcella, ha afirmado que la ley para la promoción y competitividad de la aviación civil promulgada por el presidente Luis Abinader revolucionará el sector aeronáutico del país y creará mejores condiciones para fortalecer el desarrollo turístico y bajar el Costo del precio de los boletos aéreos.

El funcionario dijo que la ley 57-23, que crea un régimen de incentivos fiscales para la aviación civil nacional e internacionalconvertirá a República Dominicana en uno de los destinos más atractivos para la inversión internacional, contribuyendo a dinamizar la economía y crear nuevos empleos en diferentes puntos del territorio nacional.

Porcella explicó que el régimen de incentivos fiscales a la aviación comercial tiene como finalidad mejorar la competitividad del sector. aeronáuticopromover el crecimiento sostenible de la llegada de visitantes por vía aérea y establecer nuevas rutas nacionales e internacionales hacia y desde mercados estratégicos en el República Dominicana.

Alcance de la ley

La Ley 57-23, que crea un régimen de incentivos fiscales para la aviación civil nacional e internacional, establece las siguientes disposiciones: Exención total de retención en la fuente para pagos de ingresos al exterior por arrendamiento de aeronaves o motores de aeronaves y servicios de mantenimiento y reparación de aeronaves; Piezas de motores y otras piezas de aviones.

La retención única y definitiva de sólo el 5% del impuesto por pagos al exterior por concepto de capacitación y calificación del personal de tripulación, por parte de no residentes; uso y mantenimiento de programas informáticos y software relacionados con la operación de la aeronave y el seguro de la aeronave.

Asimismo, la exención del pago del Impuesto a la Transferencia de Bienes y Servicios Industrializados (ITBIS) en la venta de vuelos completos de empresas operadoras dominicanas a empresas en el exterior (charting), siempre que sean vuelos con origen en el extranjero con destino a la República Dominicana.

La exención del pago de Arancel e ITBIS a la importación de naves y aeronaves de las subpartidas 8802.30.00 correspondientes a aviones y otras aeronaves, con un peso en vacío mayor a 2.000 kg, pero menor o igual a 15.000 kg y la subpartida 8802.40. 00 correspondiente a Aviones y demás aeronaves, con peso en vacío superior a 15.000 kilogramos.

La legislación también contempla la exención del pago del Impuesto sobre el Activo declarado en la Dirección General de Impuestos Internos (DGII).

La ley promulgada confiere a la Junta de Aviación Civil la función de recibir solicitudes y evaluar los expedientes de las empresas interesadas en beneficiarse de los incentivos fiscales de dicha normativa, así como recomendar al Poder Ejecutivo la aprobación del otorgamiento de estos beneficios, previo no Objeción del Ministerio de Hacienda.

La nueva normativa tiene como objetivo promover el desarrollo de la aviación civil internacional, en el marco de las líneas y directrices trazadas por la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI), que contienen las normas, prácticas recomendadas y procedimientos internacionales que rigen el sector.



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